AMPAROS DE SALUDABOGADOS PARA LA SALUD

URGENCIAS

Cuando la prestación
no puede esperar.

Una medida cautelar es una orden judicial provisoria que busca atender la urgencia mientras continúa el amparo. Solicitamos que se otorgue la medicación o prestación indicada sin tener que esperar a la sentencia definitiva.

Cuando corresponde, pedimos que el juez resuelva antes de notificar la demanda a la obra social o prepaga y sin esperar su respuesta. Si concede la cautelar, se comunica la orden para exigir su cumplimiento: así se busca cubrir la necesidad urgente mientras el proceso sigue su curso, con los tiempos que pueda demandar.

01

Evaluamos la urgencia

Revisamos la indicación del profesional tratante, los antecedentes y la respuesta de la cobertura.

02

Presentamos el pedido cautelar

Pedimos una orden judicial provisoria para acceder a la prestación sin esperar a la sentencia definitiva.

03

Seguimos su cumplimiento

Si la medida es concedida, impulsamos su notificación y reclamamos su cumplimiento.

El otorgamiento y los plazos dependen del juez y de las circunstancias del caso. La medida cautelar no reemplaza la sentencia definitiva.

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Tus datos, con un propósito.

El Estudio Jurídico Lamelo – Catera recibe tus datos de contacto para responder la consulta y evaluar una eventual intervención profesional.

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Podés solicitar el acceso, la rectificación o la eliminación de tus datos escribiendo a nuestro correo de consultas. También podés optar por el contacto directo por correo o WhatsApp, sujetos a las condiciones de sus respectivos proveedores.

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